Política sobre divulgación de información
Política
1. El Programa de las Naciones
Unidas para el Desarrollo (PNUD) asume el compromiso de tener la información
sobre sus programas y operaciones a disposición del público. En este sentido,
considera que el acceso público a la información es un componente clave para la
participación eficaz de todos los interesados, incluyendo el público general,
en el proceso del desarrollo humano. El PNUD reconoce que existe una
correlación positiva entre un alto nivel de transparencia a través del
intercambio de información y la participación pública en las actividades de
desarrollo apoyadas por el PNUD.
2. Presunción a favor de la
divulgación. La política sobre divulgación de información del PNUD (en adelante
la “Política”) se rige por la transparencia y se basa en el supuesto implícito
de que cualquier información relacionada con los programas y las operaciones
del PNUD enumeradas en la Parte II está a disposición del público cuando no
exista una razón apremiante para mantener su confidencialidad de acuerdo con
las excepciones de la Política indicadas en la Parte III.
3. En su condición de custodio y
administrador de fondos públicos, el PNUD responde directamente a la Junta
Ejecutiva del PNUD/FNUAP compuesta por los Estados Miembros de las Naciones
Unidas, e indirectamente a los parlamentos, sus contribuyentes y el público en
general de los países donantes y de los países en participan en programas. El
acceso público a la información integral y oportuna que posee o genera el PNUD
seguirá facilitando la transparencia, la rendición de cuentas y el sentimiento
de propiedad nacional respecto de los programas y las operaciones del PNUD. En
la medida en que gran parte de la información del PNUD ya se encuentre a
disposición del público a través de diversos medios, incluido a través del
sitio web corporativo del PNUD, los sitios web de cada una de las oficinas en
los países, las políticas y procedimientos de operaciones y programas y
elportal de transparencia del PNUD, esta Política codifica los principios, las
prácticas y los procedimientos existentes.
4. La Política ha sido elaborada
teniendo en cuenta las conferencias intergubernamentales más importantes de la
ONU, incluidas la Cumbre de las Naciones Unidas sobre los Objetivos de
Desarrollo del Milenio (2010) y la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
Desarrollo Sostenible Río +20 (2012). También se han considerado otros foros y
procesos internacionales que han renovado el espíritu de esta Política y el
compromiso del PNUD con la transparencia y la rendición de cuentas, incluidos
el Foro sobre Cooperación para el Desarrollo de la ONU, el Foro de Alto Nivel
sobre la Eficacia de la Ayuda y la Alianza Mundial sobre la Eficacia de la
Ayuda.
5. Para efectos de esta Política,
el término “información” se define como todo material impreso o electrónico que
entregue conocimientos sobre las actividades del PNUD, que entre otros incluyen
programas y operaciones del PNUD.
6. La presente política se aplica
al PNUD y a los fondos y programas asociados administrados por el PNUD, a
saber, el Fondo de las Naciones Unidas para el desarrollo de la Capitalización
(FNUDC) y los Voluntarios de las Naciones Unidas (VNU), y se encuentra
disponible en el sitio web corporativo del PNUD, así como también en los sitios
web de las oficinas en los países y de los fondos y programas asociados.
7. El Representante Residente de
las oficinas en los países, los Jefes de
las Direcciones de la sede y los Coordinadores Ejecutivos de los fondos y
programas asociados del PNUD serán responsables de velar por el cumplimiento de
esta Política.